Escudo Seguros desarrolló un sistema de gestión especialmente a la medida de su red de productores-asesores.
- El sistema está alojado en el site institucional de Escudo: www.escudoseguros.com.ar, con un simple acceso exclusivo para la red de ventas. Desde allí, podrán consultar operaciones, imprimir pólizas, analizar las condiciones especiales, generar e imprimir cupones de pago y mucho mas.
- En este sencillo vídeo instructivo podrán conocer el paso a paso acerca de como utilizarlo.
O miralo en nuestro canal de YouTube en www.youtube.com/watch?v=oa2rWSYH73g
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Cuando hablamos de las estafas y defraudaciones, debe aclararse que el Código Penal Argentino en su Título VI del Capítulo IV, agrava diversas figuras delictivas bajo la denominación común de “Estafas y otras defraudaciones”, lo que implica toda una definición conforme el legislador, que todos los ilícitos previstos en ese título son defraudaciones y que, dentro de ellas se encuentran las estafas. Es por ello que la defraudación es el género y la estafa la especie, con lo cual toda estafa es una forma de defraudación y hay defraudaciones que no son estafas. Encontrarse el título dentro de los delitos contra la propiedad y la expresión defraudación aportan también toda una toma de partido, que fuerza a exigir en todas las figuras el perjuicio patrimonial como principio general.
Cuando hablamos de las estafas y defraudaciones, debe aclararse que el Código Penal Argentino en su Título VI del Capítulo IV, agrava diversas figuras delictivas bajo la denominación común de “Estafas y otras defraudaciones”, lo que implica toda una definición conforme el legislador, que todos los ilícitos previstos en ese título son defraudaciones y que, dentro de ellas se encuentran las estafas. Es por ello que la defraudación es el género y la estafa la especie, con lo cual toda estafa es una forma de defraudación y hay defraudaciones que no son estafas. Encontrarse el título dentro de los delitos contra la propiedad y la expresión defraudación aportan también toda una toma de partido, que fuerza a exigir en todas las figuras el perjuicio patrimonial como principio general.